Hacienda España: Bitcoin No Contará Como Dinero en Inmuebles

## Hacienda Reclasifica Bitcoin en Operaciones Inmobiliarias
En un giro sorpresivo para el ecosistema de criptomonedas, la Dirección General de Tributos (DGT) en España ha establecido que el Bitcoin y otros activos digitales no serán considerados como dinero para propósitos de compraventa de inmuebles, sino como "bienes inmateriales".
### ¿Qué Implica Esta Decisión?
La compra de un inmueble con bitcoin ahora se considera como un intercambio de bienes. Este dictamen cambia la analogía financiera previa y establece una serie de obligaciones fiscales para quienes utilicen criptomonedas en este tipo de transacciones.
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Quienes compren bienes con criptomonedas deberán liquidar el ITP, aplicando una base imponible según el valor de mercado del bitcoin o la criptomoneda usada.
- Doble Imposición: La venta implica asumir la Plusvalía municipal y, para el comprador, el ITP sobre el valor de la criptomoneda, creando una doble carga fiscal.
### Análisis y Opiniones
Emilio Pérez Pombo, economista, advierte sobre la incongruencia de este criterio, que para el IVA equipara los activos digitales con divisas extranjeras pero cambia su enfoque para el ITP, perjudicando la aceptación y uso del Bitcoin como medio de pago.
La decisión ha generado un amplio debate sobre su impacto en el futuro de las transacciones inmobiliarias y el uso de criptomonedas en España, alejando al país de las tendencias internacionales y añadiendo una pesada carga fiscal sobre estos activos.
Para más detalles sobre esta modificación y su impacto, consulta la fuente original en [CriptoNoticias](https://www.criptonoticias.com/regulacion/bitcoin-dinero-hacienda-espana-compraventa-inmuebles/).
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